Ver la versión completa : Algun contador o alguien que desarrolle software para el exterior?
raviol
28-05-2020, 01:35 AM
Buenas noches gente,
Me puede llegar a salir un laburo para el exterior y tengo entendido que el desarrollo de software extá exonerado de varios impuestos.
He consultado con varios amigos que se dedican a eso, pero nadie me pudo dar una respuesta certera.
También consulté un par de contadores pero ninguno se dedica a impuestos, entonces no tienen mucha idea.
Por ahi hay algun contador en la vuelta que me pueda ayudar o alguien que se dedique a esto y realmente tenga idea bien que es lo que paga.
Básicamente la consulta es esa, que impuestos se pagan.
Segun distintas fuentes he entendido que:
- Tengo que abrir una unipersonal (no se de que rubro, ni de qué tipo, supongo literal E).
- No se paga IVA
- No se paga IRPF si la pc te la da el que te contrata
- No se paga IRAE si la pc la ponés vos
- Se paga FONASA y uno de los dos impuestos de arriba segun sea el caso.
- En BPS se paga un ficto (o se puede aportar más si uno quiere).
- En total estos conocidos pagan entre 6000 y 8500 pesos por mes, pero ninguno me supo decir exactamente a que corresponden.
Por otro lado, hay varios articulos de la web de DGI que dicen cosas que no entiendo mucho.
Supuestamente el IRAE está exonerado para todos, no discrimina quien te da la pc, entonces si declaras que la pc es tuya tampoco pagarias IRPF.
Algunos links que encontré o me pasaron, pero en los que no entiendo un joraca.
https://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,principal,_Ampliacion,O,es,0,PAG;CONC;167;1;D;consulta-no-5-419;0;PAG;
https://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,beneficios-fiscales-89,preguntas-frecuentes-ampliacion,O,es,0,PAG;CONC;1017;8;D;esta-exonerada-de-irae-la-produccion-de-software-destinados-al-exterior-soporte-logico;2;PAG;
https://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,principal,ampliacion,O,es,0,PAG;CONC;548;5;D;consulta-no-5-368;0;PAG;
https://cibils.com.uy/noticias/exoneracion-para-las-actividades-de-software/
A todo esto, sumo otra pregunta, que pasa si el dia de mañana quiero hacer una factura para algo de acá, ahi solo pagaria aportes por ESA factura? O pagaría por el total incluido lo del exterior?
Bueno, como verán tengo un pedo tísico con esto. Espero encontrar algun contador en estos días que me saque algunas dudas, pero mientras tanto lo tiro por acá que por ahí alguno sabe.
Gracias!!
seba_uy
28-05-2020, 11:13 AM
Hola, no estoy muy empapado en el tema pero van algunas respuestas.
Por lo que tengo entendido, en 2018 hubo un cambio en la normativa que dejó afuera de la exoneración a las unipersonales y las sociedades de hecho contribuyentes de IRAE, por lo que tendrías que abrir una SRL si sos contribuyente de dicho impuesto.
Los 6000 que pagan tus conocidos deben ser de BPS (aportes + FONASA).
Si le facturas a un cliente local, vas a tener que pagar IVA e IRAE por lo que le factures a ese cliente.
Para esa actividad creo que lo mejor sería abrir una Monotributo
seba_uy
28-05-2020, 12:55 PM
El monotributo solo corre para determinadas actividades, desarrollo de software no está incluido.
https://www.bps.gub.uy/10442/actividades-incluidas.html
El monotributo solo corre para determinadas actividades, desarrollo de software no está incluido.
https://www.bps.gub.uy/10442/actividades-incluidas.html
no te guíes por eso, hay muchas actividades que no están contempladas
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seba_uy
28-05-2020, 01:39 PM
Cuando vas a inscribir la empresa en DGI y BPS tenés que declarar la actividad que va a tener.
Si declara que va a desarrollar software no va a poder inscribir un monotributo. Tendría que mentir en la declaración y decir que va a hacer otra cosa, cosa que no es nada recomendable.
Cuando vas a inscribir la empresa en DGI y BPS tenés que declarar la actividad que va a tener.
Si declara que va a desarrollar software no va a poder inscribir un monotributo. Tendría que mentir en la declaración y decir que va a hacer otra cosa, cosa que no es nada recomendable.
solo porque no está en esa listita de BPS afirmas que no se puede inscribir como monotributo o tenes alguna experiencia? porque para mi la actividad a desarrollar está comprendida dentro del régimen
seba_uy
28-05-2020, 02:47 PM
Entiendo que la lista es taxativa, pero mas allá de eso, el monotributo corre solo para ventas a consumidores finales (salvo algunas excepciones) y dudo mucho que este sea el caso.
Además hay que considerar el límite de facturación que es bastante bajo (60% del límite del literal E).
Hay que ver qué es exactamente lo que va a hacer, si viene una empresa X y le paga por el desarrollo de un programa para administrar la entrada del personal por ejemplo, X es el consumidor final. El literal E este año está como $1.3 millones (no recuerdo).
seba_uy
28-05-2020, 03:12 PM
Hay que ver qué es exactamente lo que va a hacer, si viene una empresa X y le paga por el desarrollo de un programa para administrar la entrada del personal por ejemplo, X es el consumidor final. El literal E este año está como $1.3 millones (no recuerdo).
En la medida que el programa es usado por la empresa X para producir o prestar un servicio (aunque sea indirectamente como en tu ejemplo) , no es consumidor final.
Edito con un ejemplo choto: si compro papel higienico para usar en mi empresa, el proveedor me va a facturar con RUT, no como consumidor final.
Si es monotributista está exonerado de IVA, la empresa X no deduce impuestos por la compra del servicio, por ende es el consumidor final
Enviado desde mi Mi 9T Pro mediante Tapatalk
raviol
28-05-2020, 04:02 PM
Aclaro un poco el tema. Es para trabajar para una empresa extranjera, igual que si fuera en Uruguay solo que facturando, en vez de ser dependiente. No es desarrollo de software, es testing pero a los efectos es lo mismo, ya que entra dentro de producción de software. Es un laburo de 8hrs al que se le hace una factura mensual.
seba_uy
28-05-2020, 04:15 PM
Si es monotributista está exonerado de IVA, la empresa X no deduce impuestos por la compra del servicio, por ende es el consumidor final
Enviado desde mi Mi 9T Pro mediante Tapatalk
No funciona así, yo no soy consumidor final porque me facture un monotributista. El caracter de consumidor final está dado por quien recibe el bien o servicio, no por quien lo vende.
@raviol (https://www.gameover.uy/member.php?u=23) , ayudaría saber cuánto facturarías por mes, porque mas allá del intercambio con Evo, en la medida que factures mas de 1500 USD, el monotributo quedaría definitivamente descartado.
Como resumen te diría:
- DGI - Suponiendo que vas a tributar IRAE, tendrías que abrir una SRL para quedar comprendido en la exoneración de dicho impuesto.
- BPS - Vas a aportar por un ficto (15 BFC o 20 BFC). El aportes sería de 4000 o 5500 dependiendo del mencionado ficto.
- FONASA - Los socios de las SRLs no están comprendidos. Tendrías que pagarte la mutualista por afuera.
Seria una unipersonal que tributa iva servicios personales, pero no se toma como exportacion de servicio (los que no pagan iva) me parece...
Edit: Numeral 11, art 34, capitulo III Decreto N° 220/998
Mullen
28-05-2020, 04:47 PM
Justo Matu_Bolso me andaba preguntando algo parecido por MP.
Tengo entendido que lo que más conviene es abrir empresa de servicios personales (al menos como diseñador se usa eso, que deben ser aportes similares), no unipersonal. Creo que son como $4500 y podés elegir no pagar fonasa pero no estoy seguro.
raviol
28-05-2020, 04:50 PM
No funciona así, yo no soy consumidor final porque me facture un monotributista. El caracter de consumidor final está dado por quien recibe el bien o servicio, no por quien lo vende.
@raviol (https://www.gameover.uy/member.php?u=23) , ayudaría saber cuánto facturarías por mes, porque mas allá del intercambio con Evo, en la medida que factures mas de 1500 USD, el monotributo quedaría definitivamente descartado.
Como resumen te diría:
- DGI - Suponiendo que vas a tributar IRAE, tendrías que abrir una SRL para quedar comprendido en la exoneración de dicho impuesto.
- BPS - Vas a aportar por un ficto (15 BFC o 20 BFC). El aportes sería de 4000 o 5500 dependiendo del mencionado ficto.
- FONASA - Los socios de las SRLs no están comprendidos. Tendrías que pagarte la mutualista por afuera.
Son más de 1500 USD si.
Una SRL implica 2 personas. Por lo que tengo entendido es unipersonal lo que utiliza la gente para este propósito.
Entiendo la modificación de 2018, pero se que siguen sin pagar esos impuestos. No se si puede ser porque nunca se dieron cuenta, o porque cambiaron el tipo de empresa, pero me llama la atención porque nadie me lo mencionó.
raviol
28-05-2020, 04:53 PM
Justo Matu_Bolso me andaba preguntando algo parecido por MP.
Tengo entendido que lo que más conviene es abrir empresa de servicios personales (al menos como diseñador se usa eso, que deben ser aportes similares), no unipersonal. Creo que son como $4500 y podés elegir no pagar fonasa pero no estoy seguro.
Empresa de servicios personales y unipersonal son dos cosas distintas? Entonces en ese caso puede ser.
Mullen
28-05-2020, 04:56 PM
Ni idea, solo digo lo que me dijeron jaja. Esta semana justo tengo que ir al BPS y averiguo bien.
Pero estoy 70% seguro de que no es obligatorio abrir empresa en DGI ni pagar fonasa.
No facturas con RUT cuando vendes a un monotributo porque no paga IVA, no podes hacer deducción de nada, le estas vendiendo a una persona física a la cual le cobras los impuestos correspondientes y luego voolcas en DGI
Empresa de servicios personales y unipersonal son dos cosas distintas? Entonces en ese caso puede ser.Unipersonal es el tipo de empresa, servicios personales es el impuesto, no es ni IVA General ni IPE, es IVA Servicios Personales. Por trabajar para una empresa fuera del país vos exportas un servicio, que por lo general no pagan IVA, pero en ese caso particar creo que si
Enviado desde mi Mi 9T Pro mediante Tapatalk
seba_uy
28-05-2020, 05:13 PM
Una cosa es la forma jurídica de la empresa (unipersonal, SRL, SA, etc) y otra cosa es a qué se dedica (servicios personales).
Con respecto a la forma jurídica, la SRL implica tener por lo menos dos socios, pero eso no sería un impedimento, hablás con algún familiar/amigo para que figuren como socios sin actividad y con una porción mínima de las cuotas sociales.
Con respecto a que las unipersonales sigan sin pagar IRAE, no sabría decirte, pero supongo es porque no se enteraron del cambio y están en falta.
Con respecto a servicios personales, son aquellos que en principio tributan IRPF, o sea que sus rentas están generadas por el trabajo (a diferencia del IRAE en el que las rentas están generadas por una combinación de capital y trabajo).
En el caso del desarrollo de software, la DGI considera que el uso de equipos de computación es esencial para la prestación del servicio por lo que estarías combinando capital y trabajo y te correspondería tributar IRAE.
raviol
28-05-2020, 05:20 PM
Una cosa es la forma jurídica de la empresa (unipersonal, SRL, SA, etc) y otra cosa es a qué se dedica (servicios personales).
Con respecto a la forma jurídica, la SRL implica tener por lo menos dos socios, pero eso no sería un impedimento, hablás con algún familiar/amigo para que figuren como socios sin actividad y con una porción mínima de las cuotas sociales.
Con respecto a que las unipersonales sigan sin pagar IRAE, no sabría decirte, pero supongo es porque no se enteraron del cambio y están en falta.
Con respecto a servicios personales, son aquellos que en principio tributan IRPF, o sea que sus rentas están generadas por el trabajo (a diferencia del IRAE en el que las rentas están generadas por una combinación de capital y trabajo).
En el caso del desarrollo de software, la DGI considera que el uso de equipos de computación es esencial para la prestación del servicio por lo que estarías combinando capital y trabajo y te correspondería tributar IRAE.
Bueno respecto a eso tengo mis dudas en el caso de que la empresa me dé los equipos o si los pongo yo. Pero no sabría que % es cada cosa como para negociar lo que me convenga más. Por Algún lado escuche que irae era un 9,23 y que irpf es menos, pero en ningún lugar tuve una respuesta exacta
Una cosa es la forma jurídica de la empresa (unipersonal, SRL, SA, etc) y otra cosa es a qué se dedica (servicios personales).
Servicios personales hace referencia al impuesto que tributa.
Con respecto a la forma jurídica, la SRL implica tener por lo menos dos socios, pero eso no sería un impedimento, hablás con algún familiar/amigo para que figuren como socios sin actividad y con una porción mínima de las cuotas sociales.
Toda sociedad requiere un mínimo de dos personas.
Con respecto a que las unipersonales sigan sin pagar IRAE, no sabría decirte, pero supongo es porque no se enteraron del cambio y están en falta.
Que sea unipersonal no te dice que impuesto pega, eso es cosa aparte
Con respecto a servicios personales, son aquellos que en principio tributan IRPF, o sea que sus rentas están generadas por el trabajo (a diferencia del IRAE en el que las rentas están generadas por una combinación de capital y trabajo).
IRPF se paga en caso de ser dependiente, estas mezclando impuestos
En el caso del desarrollo de software, la DGI considera que el uso de equipos de computación es esencial para la prestación del servicio por lo que estarías combinando capital y trabajo y te correspondería tributar IRAE.
No tiene nada que ver
Enviado desde mi Mi 9T Pro mediante Tapatalk
seba_uy
28-05-2020, 05:41 PM
Servicios personales hace referencia al impuesto que tributa.
Está dicho mas abajo en mi posteo.
Toda sociedad requiere un mínimo de dos personas.
Exacto.
Que sea unipersonal no te dice que impuesto pega, eso es cosa aparte
También está dicho, IRAE si combina capital y trabajo, IRPF si es solo trabajo.
IRPF se paga en caso de ser dependiente, estas mezclando impuestos
No es así, yo no soy dependiente y pago IRPF.
De nuevo, que pagues IRPF o IRAE va a depender de si combinás capital y trabajo o no (salvo un par de formas jurídicas que tributan siempre IRAE)
No tiene nada que ver
:p
seba_uy
28-05-2020, 05:50 PM
Bueno respecto a eso tengo mis dudas en el caso de que la empresa me dé los equipos o si los pongo yo. Pero no sabría que % es cada cosa como para negociar lo que me convenga más. Por Algún lado escuche que irae era un 9,23 y que irpf es menos, pero en ningún lugar tuve una respuesta exacta
La tasa de IRAE es siempre de 25% aplicada sobre la renta fiscal, el tema es como llegás a esa renta. Existe un régimen ficto y uno real. Suponiendo que por año facturas menos de 2 millones de UIs la renta ficta se calcula como el 13,2% de las ventas menos los sueldos fictos por los que aportás. Al resultado de eso se le aplica la tasa. Es menos del 3%.
Independientemente de esto, pagas un IRAE mínimo todos los meses que anda en los 5.000 pesos el primer año y después puede aumentar en función de la facturación.
IRPF va a depender de cuánto factures ya que las tasas van por franjas.
Podes tener una empresa unipersonal y pagar IVA minimo, o IVA general, vos elegís al momento de inscribirte, se puede cambiar también en cualquier momento
Enviado desde mi Mi 9T Pro mediante Tapatalk
Tenes que abrir una empresa unipersonal (servicios personales).
Yo tengo asignada la actividad 62010 "Actividades de programación informática".
En el caso del fonasa 4.5% si es solo vos, con hijos o cónyuge que le des el beneficio es más.
Si es tu única actividad y no tenes trabajo dependiente siempre tenes que mínimo aportar de fonasa el valor del CPE (costo promedio equivalente) de ese periodo, de lo contrario el valor que de.
El BPS es 22.5% y 0.125% del fondo de reconversión laboral, estos porcentajes es el aporte mínimo en base a 11 BPC (base ficta de contribución).
Después el tema del IRPF o IRAE depende de los montos que facturas que te conviene más.
El IRAE es el 25% sobre todo lo facturado y siempre tenes que adelantar un aporte mínimo mensual.
El IRPF es sobre el 70% de lo facturado (el 30% es deducción de gastos) y sobre ese 70 se le aplican las franjas.
Yo nunca facture para afuera pero tengo entendido que todo servicio que se exporta no genera IVA.
Seria una unipersonal que tributa iva servicios personales, pero no se toma como exportacion de servicio (los que no pagan iva) me parece...
Edit: Numeral 11, art 34, capitulo III Decreto N° 220/998
Yo nunca facture para afuera pero tengo entendido que todo servicio que se exporta no genera IVA.
Habría que consultar ese decreto porque creo que esa actividad si va con IVA
Enviado desde mi Mi 9T Pro mediante Tapatalk
https://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,inscripcion,preguntas-frecuentes-ampliacion,O,es,0,PAG;CONC;1170;36;D;informacion-general-iva-servicios-personales;32;PAG;
Casos particulares:
Si presto servicios a clientes del exterior, ¿debo pagar el IVA servicios personales?
Los servicios que se presten al exterior se considerarán una exportación de servicios (no se aplica IVA), sólo si cumplen las condiciones requeridas en los distintos numerales del artículo 34 del Decreto N° 220/998. Si no se encuadran en estos numerales, no será una exportación de servicios y por lo tanto debe considerarse gravado con el IVA.
Aclaración: el IVA de compras asociado a operaciones de exportación se puede deducir aunque dichas ventas no están gravadas.
https://www.impo.com.uy/bases/decretos/220-1998
Artículo 34
Exportación de servicios. Las operaciones comprendidas en el concepto de
exportación de servicios son:
...
11. Los siguientes servicios prestados a personas del exterior:
a) Los servicios de asesoramiento prestados en relación a actividades
desarrolladas, bienes situados o derechos utilizados económicamente
fuera de la República.
Quedan comprendidos en este literal los servicios de carácter
técnico, prestados en el ámbito de la gestión, administración, técnica
o asesoramiento de todo tipo, y los servicios de consultoría,
traducción, proyectos de ingeniería, diseño, arquitectura, asistencia
técnica, capacitación y auditoría. (*)
16. Procesamiento de datos, en tanto tales datos correspondan a
actividades desarrolladas, bienes situados o derechos utilizados
económicamente en el exterior de la República, y siempre que el
producto de dicho procesamiento sea aprovechado exclusivamente en dicho ámbito espacial.
seba_uy
29-05-2020, 10:15 AM
Tenes que abrir una empresa unipersonal (servicios personales).
Yo tengo asignada la actividad 62010 "Actividades de programación informática".
En el caso del fonasa 4.5% si es solo vos, con hijos o cónyuge que le des el beneficio es más.
Si es tu única actividad y no tenes trabajo dependiente siempre tenes que mínimo aportar de fonasa el valor del CPE (costo promedio equivalente) de ese periodo, de lo contrario el valor que de.
El BPS es 22.5% y 0.125% del fondo de reconversión laboral, estos porcentajes es el aporte mínimo en base a 11 BPC (base ficta de contribución).
Después el tema del IRPF o IRAE depende de los montos que facturas que te conviene más.
El IRAE es el 25% sobre todo lo facturado y siempre tenes que adelantar un aporte mínimo mensual.
El IRPF es sobre el 70% de lo facturado (el 30% es deducción de gastos) y sobre ese 70 se le aplican las franjas.
Yo nunca facture para afuera pero tengo entendido que todo servicio que se exporta no genera IVA.
Con respecto a esto, el Titulo IV del Texto Ordenado (IRAE) dice lo siguiente:
En relación a este apartado, se entenderá que no existe actividad empresarial cuando:
ii) En el caso de la prestación de servicios, la actividad personal se desarrolle
utilizando exclusivamente bienes de activo fijo aportados por el prestatario.
Si los equipos los pone él, entonces hay actividad empresarial por lo que se tributa IRAE. Si los equipos los pone la empresa que trabaja, entonces no hay actividad empresarial y se tributa IRPF (servicios personales).
Solo en el caso de que tribute IRPF, le sirve la unipersonal. Por eso, antes que nada hay que ver quién pone esa computadora.
Solo en el caso de que tribute IRPF, le sirve la unipersonal. Por eso, antes que nada hay que ver quién pone esa computadora.
No entendí eso, si no es una unipersonal que querés que abra si es el solo?
Enviado desde mi Mi 9T Pro mediante Tapatalk
seba_uy
29-05-2020, 01:14 PM
Hablás con un amigo o un familiar y abrís una SRL. Los ponés como socios sin actividad y no pagan aportes.
También puede abrir una SAS, pero las están cobrando mas caras que las SRL.
Es una chanchada abrír una SRL cuando es el solo y puede solucionarse con una unipersonal.
Con el tema del IRPF o IRAE cada caso es particular.
No sé si alguien siquiera lo controla, pero todo tiene sus grises.
El podría aducir por ej. que la computadora no la utiliza para el desarrollo por el que cobra sino que es un medio de comunicación que le facilita conectarse a un VPN remoto y en ese caso los recursos que utiliza para la actividad es un hardware remoto que provee la empresa.
EDIT. Igualmente resumiendo la posta la tiene la DGI tendrías que llamar o agendarte para ir.
seba_uy
29-05-2020, 02:26 PM
El tema es que justamente no puede solucionarse con una unipersonal porque queda afuera de la exoneración y se va a clavar pagando 5 mil pesos por mes de IRAE por lo menos.
Con respecto a que no usa la computadora para el desarrollo, DGI no te lleva esa, si te cae una inspección marchás seguro.
Ahí la única chance es que el que te contrata te provea del equipo y ahí si meter unipersonal de servicios personales y tributar IRPF.
raviol
30-05-2020, 01:00 PM
Lo de la computadora no me preocupa, lo arreglo segun lo que me haga pagar menos. 5 mil pesos de IRAE no sería demasiado, siempre y cuando sea el unico impuesto más allá del fonasa. El tema es que no se cuanto IRPF seria en el otro caso.
La facturación pongamosle unos 4 mil dolares mensuales. No tengo los números finales, pero en el mejor de los casos seran 4500 y en el peor unos 3500/3800.
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